Carta de invitación para viajar a España: requisitos, precio, cita y documentos

Descubre quién puede solicitar una carta de invitación para España, qué documentos necesita, cuánto cuesta y cómo se tramita en comisaría.

Imagen de Comisarías Cerca sobre la solicitud de carta de invitación para viajar a España

La carta de invitación permite acreditar que una persona extranjera dispondrá de alojamiento en una vivienda particular durante un viaje turístico o privado a España. La solicita quien reside legalmente en España ante la comisaría correspondiente a su domicilio. El procedimiento no es inmediato, tiene dos pagos diferenciados y exige identificar a la persona invitante, a cada visitante, la vivienda y las fechas aproximadas de estancia.

Lo más importante antes de empezar

  • La solicita la persona que ofrece el alojamiento, no quien viajará a España.
  • Se tramita en la comisaría del domicilio del invitante, con cita cuando la dependencia la exija.
  • No se entrega de forma inmediata: primero debe resolverse favorablemente la solicitud y después se expide el documento.
  • La carta solo acredita el alojamiento. No sustituye el pasaporte, el visado, los medios económicos, el billete de regreso ni los demás requisitos de entrada.
  • Debe enviarse a la persona invitada con tiempo suficiente para que pueda presentarla cuando sea requerida.

Qué es una carta de invitación

Es un documento expedido por la Policía Nacional para dejar constancia de que una persona extranjera contará con hospedaje cierto en el domicilio de un particular durante una visita de carácter turístico o privado. La solicitud expresa la voluntad de invitar y alojar al visitante durante un periodo determinado.

La persona invitante asume el compromiso relativo al alojamiento declarado. La carta no convierte el viaje en una estancia autorizada por sí sola y tampoco constituye un visado. En el control fronterizo pueden exigirse otros documentos y comprobarse el objeto y las condiciones del viaje.

Quién puede solicitarla

  • Una persona con nacionalidad española.
  • Un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.
  • Una persona beneficiaria del régimen comunitario.
  • Una persona extranjera que resida legalmente en España.

La persona solicitante debe poder identificarse y acreditar que dispone de la vivienda en la que se alojará el visitante. No basta con conocer a alguien en España ni con facilitar una dirección ajena sin autorización para utilizarla.

Para quién se solicita

Se solicita a favor de una persona extranjera que pretende entrar en España por motivos turísticos o privados y se alojará en una vivienda particular. La necesidad de presentarla puede depender de la nacionalidad, de la obligación de obtener visado y de las comprobaciones realizadas en frontera.

Excepcionalmente, una solicitud puede referirse a varias personas. En ese caso deben consignarse los datos completos de cada visitante y acreditarse que la vivienda dispone de alojamiento para todos. La dependencia policial puede pedir aclaraciones o documentación adicional si necesita verificar la información.

Dónde se tramita

La solicitud se dirige a la comisaría de Policía Nacional del lugar de residencia de la persona invitante. No debe elegirse una dependencia únicamente porque tenga citas más próximas en otra provincia o municipio: la competencia se determina por el domicilio del solicitante.

El sistema para obtener cita no es idéntico en toda España. Algunas comisarías ofrecen un canal de reserva específico y otras indican que se contacte con la propia dependencia. Comprueba la ficha de la comisaría, su teléfono y las instrucciones publicadas antes de desplazarte.

Cómo pedir cita

  1. Localiza la comisaría que corresponde a tu domicilio.
  2. Comprueba si la dependencia exige cita previa para carta de invitación.
  3. Utiliza únicamente el teléfono, formulario o canal oficial indicado por la comisaría.
  4. Confirma que la cita corresponde a carta de invitación y no a otro trámite de extranjería.
  5. Anota la fecha, la hora, la dirección y la documentación que te hayan indicado.
  6. Prepara copias legibles, pero lleva también los originales cuando puedan ser requeridos.

No existe una cita universal que garantice atención en cualquier comisaría. Evita pagar a intermediarios por una reserva y no entregues pasaportes completos, documentos de identidad o datos de vivienda a páginas que no sean oficiales.

Datos que debe contener la solicitud

  • Datos del invitante: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, documento de identidad y domicilio completo.
  • Declaración de alojamiento: voluntad expresa de invitar y acoger a la persona visitante en la vivienda principal o en una segunda residencia identificada.
  • Relación con el invitado: vínculo familiar, amistad u otra relación existente.
  • Datos del visitante: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio y número de pasaporte.
  • Periodo previsto: primer y último día aproximados de la estancia.
  • Declaración de veracidad: confirmación de que los datos facilitados son ciertos.

Documentos de la persona invitante

  • Formulario oficial de solicitud cumplimentado y firmado.
  • DNI, pasaporte, certificado de registro de ciudadano de la Unión, TIE u otro documento que acredite identidad y residencia legal, según corresponda.
  • Documento que acredite la disponibilidad de la vivienda.
  • Información completa de cada persona invitada y copia de las páginas identificativas de su pasaporte cuando la dependencia la solicite.
  • Justificante de la tasa de solicitud, conforme a las instrucciones del modelo 790 código 012.
  • Cualquier documento adicional requerido para comprobar domicilio, capacidad de alojamiento o veracidad de la solicitud.

Revisa la documentación de tu comisaría. La normativa establece los datos mínimos, pero la dependencia puede requerir originales, copias o comprobaciones adicionales para tramitar el expediente.

Cómo acreditar la vivienda

La persona invitante debe demostrar que dispone legalmente del alojamiento ofrecido. La documentación oficial menciona, entre otras posibilidades, la escritura o título de propiedad, el contrato de arrendamiento o un documento análogo válido conforme a la legislación civil.

La carta puede referirse al domicilio habitual o a una segunda vivienda. Si el solicitante no figura como propietario o arrendatario, debe consultar previamente qué autorización o prueba aceptará la comisaría. No presentes contratos alterados, direcciones incompletas ni documentos que no correspondan a la vivienda declarada.

Datos necesarios de la persona invitada

  • Nombre y apellidos exactamente como aparecen en el pasaporte.
  • Lugar y fecha de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • Domicilio o lugar de residencia completo.
  • Número de pasaporte y, cuando se solicite, copia legible de la página identificativa.
  • Fechas aproximadas de llegada y salida.
  • Relación o vínculo con la persona que invita.

Comprueba cada carácter antes de presentar la solicitud. Un número de pasaporte equivocado, un apellido incompleto o unas fechas incompatibles con el viaje pueden provocar requerimientos y retrasos.

Cuánto cuesta la carta de invitación

ConceptoImporte oficial revisado
Autorización de expedición: solicitud75,05 €
Expedición de la carta6,54 €
Compulsa o desglose por cada documento relacionado1,09 €

La solicitud y la expedición son conceptos distintos. El importe final puede aumentar si se emiten varias cartas o se realizan compulsas o desgloses. Genera el modelo 790 código 012 con el concepto correcto y sigue las instrucciones de pago de la dependencia.

Tras una resolución favorable, la tasa de expedición debe abonarse dentro del plazo indicado. La información oficial establece un plazo de un mes desde la notificación para pagar y aportar el justificante al recoger la carta. Las tarifas pueden cambiar, por lo que deben comprobarse antes de efectuar el pago.

Cómo es la tramitación

  1. La comisaría recibe la solicitud y abre el expediente.
  2. Una persona instructora comprueba la identidad, los documentos y la veracidad de los datos.
  3. Puede convocar al solicitante a una entrevista personal.
  4. La autoridad competente dicta una resolución favorable o denegatoria.
  5. Si la resolución es favorable, se comunica cómo pagar la tasa de expedición.
  6. El solicitante presenta el justificante y recoge la carta.
  7. La carta se remite a la persona invitada para su uso cuando sea requerida.

Si la comisaría convoca a una entrevista, la falta de asistencia sin causa de fuerza mayor puede hacer que se considere desistida la solicitud. La normativa indica que el plazo fijado para comparecer no puede exceder de quince días, pero esto no significa que toda carta deba resolverse en quince días.

Cuánto tarda

No existe un plazo único de entrega aplicable a todas las comisarías. La duración depende de la carga de trabajo, la documentación, las comprobaciones, una posible entrevista, la resolución, el pago, la expedición y la recogida. Además, hay que sumar el tiempo necesario para enviar el documento al país donde se encuentre el visitante.

No compres el viaje contando con una entrega inmediata. Inicia el trámite con margen y coordina las fechas con cualquier solicitud de visado, sin dar por hecho que la carta será aprobada.

Qué ocurre después de la aprobación

La resolución favorable permite abonar la tasa de expedición y recoger el documento. Una vez entregado, la persona invitante debe hacérselo llegar al visitante con tiempo suficiente. Conserva una copia de la solicitud, los justificantes de pago y los datos de envío.

La persona invitada debe revisar que su identidad, número de pasaporte, domicilio de alojamiento y fechas sean correctos. Si detecta un error, conviene consultarlo antes del viaje o de presentar la documentación en el consulado.

La carta no garantiza la entrada en España

La carta acredita la existencia de alojamiento en una vivienda particular, pero no sustituye los demás requisitos de entrada. Las autoridades pueden exigir pasaporte válido, visado cuando corresponda, billete de vuelta, medios económicos, explicación del motivo del viaje, seguro u otros documentos aplicables.

El pasaporte debe cumplir sus requisitos de vigencia y expedición. Para estancias cortas, la regla general es un máximo de 90 días dentro de cualquier periodo de 180 días, sin perjuicio del visado, la nacionalidad y otras condiciones específicas.

Diferencia entre carta de invitación, visado y reserva de hotel

DocumentoQué acredita
Carta de invitaciónAlojamiento en la vivienda de un particular durante las fechas indicadas.
VisadoAutorización previa de viaje exigida a determinadas nacionalidades y circunstancias.
Reserva de hotelAlojamiento contratado con un establecimiento.

No es necesario presentar simultáneamente una carta y una reserva de hotel para acreditar el mismo alojamiento, salvo que el viaje combine estancias diferentes o una autoridad pida aclaraciones. Ninguno de estos documentos elimina por sí solo la obligación de acreditar los demás requisitos de entrada.

Qué pasa si la solicitud es denegada

La denegación debe estar motivada e indicar los recursos disponibles, el órgano ante el que pueden presentarse y el plazo correspondiente. Lee la resolución completa antes de volver a solicitarla. Corregir un documento o un dato no garantiza una aprobación si persisten dudas sobre la vivienda, la identidad o la finalidad declarada.

No inventes reservas, parentescos, domicilios ni fechas para intentar superar una denegación. La solicitud contiene una declaración de veracidad y la normativa advierte de las responsabilidades relacionadas con facilitar la inmigración irregular.

Errores frecuentes

  • Solicitarla en una comisaría que no corresponde al domicilio.
  • Confundir la carta con un visado o una autorización automática de entrada.
  • Presentar un contrato de vivienda vencido, incompleto o a nombre de otra persona sin aclaración.
  • Copiar mal el número de pasaporte o los apellidos del visitante.
  • Elegir fechas que no coinciden con el viaje o la solicitud de visado.
  • Pagar un concepto incorrecto de la tasa 790 código 012.
  • Esperar una expedición inmediata o dejar el envío para el último momento.
  • Prometer al visitante que la carta garantiza su entrada.

Preguntas frecuentes

¿Puede solicitarla una persona extranjera residente en España?

Sí, siempre que resida legalmente en España, pueda identificarse y acredite la disponibilidad de la vivienda ofrecida.

¿Puedo invitar a varias personas?

La normativa contempla excepcionalmente solicitudes para varias personas. Deben facilitarse los datos completos de cada una y acreditarse alojamiento suficiente para todas.

¿Cuánto tiempo es válida?

La carta se expide para las fechas aproximadas de estancia declaradas. No debe tratarse como un documento abierto para viajes distintos o fechas posteriores. El visitante también debe respetar el visado y las reglas de estancia.

¿La carta cubre todos los gastos del visitante?

Su función principal es acreditar el alojamiento y el compromiso relativo a ese hospedaje. La persona viajera puede tener que demostrar medios económicos suficientes y otros requisitos de entrada por separado.

¿La persona invitada debe presentar el documento original?

La información oficial indica que el solicitante debe trasladar la carta expedida a la persona invitada para que pueda aportarla cuando sea exigida. Consulta además los requisitos del consulado y del puesto fronterizo.

¿Puedo usar una reserva de alojamiento en lugar de la carta?

Una reserva válida de hotel u otro establecimiento puede acreditar alojamiento cuando el visitante se hospedará allí. La carta corresponde al alojamiento ofrecido por un particular.

¿Se puede tramitar completamente por internet?

El procedimiento oficial es presencial ante la comisaría del domicilio del solicitante. La cita o determinadas gestiones auxiliares pueden ofrecerse por teléfono o internet según la dependencia.

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Fuentes oficiales

Información revisada el 14 de julio de 2026. Comisarías Cerca es un sitio independiente: no pertenece a la Policía Nacional, no tramita cartas de invitación, no gestiona citas y no cobra tasas. Los importes, canales y requisitos pueden cambiar; comprueba siempre las instrucciones de la comisaría y las páginas oficiales antes de pagar o desplazarte.